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sábado, 16 de marzo de 2013

O.R.YM.S - Parte I: La okupación de inmuebles ¿un delito o un derecho?

CAPÍTULO 3: La criminalización del movimiento okupa
(Jaume Asens Llodrà, Abbogado y doctorado en Ciencias Políticas y Sociales por la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona)

El capítulo tiene los siguientes apartados, explicare los que sean más importante y también puedan relacionase mejor con la asignatura:

Introducción
Las primeras okupaciones reivindicadas en nuestro país se desarrollaron a mediados de los '80, pero no es hasta la entrada en vigor del nuevo Código Penal de 1995 y la subsiguiente represión policíaco-judicial sobre el colectivo, que la problemática se sitúa en el punto de mira de buena parte de los medios de comunicación de masas. 
El artículo se divide en dos partes y en dos tesis relacionadas mutuamente. La tesis inicial del artículo parte de considerar que el legislador de 1995, incorpora al derecho un conflicto que ya estaba definido socialmente, pero no lo resuelve sino que lo empeora a la vez que desencadena  nuevos problemas de mayor gravedad y con efectos criminógenos. La voluntad de resolver el caso como una simple cuestión policiaca de orden público, sin introducir ningún elemento político-social de análisis, se convierte en uno de los ejemplos más claros y conocidos de lo que ha sido un problema mal resuelto.
1. El cine Princesa: Ejemplo de problema mal resuelto.
El 28 de octubre de 1996 cuando se desaloja el emblemático Cine Princesa lo primero que puede observarse es que, tanto antescomo después de los hechos, se produce una inquietante y perfecta adecuación de la respuesta policiaca a la respuesta política. La respuesta policiaca de la operación se saldó ocn 48 detenidos y 15 heridos. Posteriormente ante los medios de comunicación de masas se presentó el desenlace como algo necesario que no podía haber sucedido de otra forma.
2. Definición del problema social.
La principal virtud del colectivo okupa ha sido su capacidad para sacudir al conjunto de la sociedad con relación a problemas comunes para revelar las deficiencias y contradicciones enxistentes en las respuestas de los diferentes agentes públicos a estos problemas sociales.
  2.1 Dificultad de acceso a la vivienda
  2.2 Pasividad institucional ante la especulación.
  2.3 Fracaso de las políticas de juventud.
Las diferentes políticas de juventud desarrolladas por las administraciones publicas, desde el fracaso de la experiencia de los Casales de Jóvenes al voluntariado, han tratado de atornillar a una parte de la juventud en unas políticas de participación profundamente limitadas y sin ningún tipo de poder de decisión real.
  2.4 Crisis de participación política.
3. Respuesta de las autoridades públicas: re-definición del problema social
La okupación, de presentarse como alternativa o solución a determinados problemas, pasa a ser el problema.
4. Consecuencias legales y sociales de la criminalización.
Se supone que no hace falta recordar que en un sistema denocrático hay que tener claro que las personas que discrepan con el sistema jurídico vigente (o una parte de él), así como  los valores sobre los que se sostiene, no tendrían que ser perseguidas criminalmente.
5. Respuesta social a la criminalización: Aparición de un nuevo movimiento social.
El movimiento okupa creará una cierta alarma social y conflictividad social, inexistente hasta el momento, que vendrá a reforzar la idea de inutilidad, ineficacia y deslegitimidad de la intervención penal.
6. Refuerzo de la legitimidad del disenso okupa
Tendríamos que buscar vías más imaginativas y maleables, seguramente no soluciones, para encontrar formas de convivencia en que sea factible, abrir espacios de vida alternativos sin convertir necesariamente a los disidentes en delincuentes. Entre la represión y la integración hay todo un posible ámbito de actuación.

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